Por Manuel Tarricone, de Reverso*
El 13 de agosto se llevarán a cabo las elecciones Primarias, Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) para cargos nacionales, entre ellos, los de presidente y vicepresidente de la Nación. Antes de estos comicios aparecen algunas fechas clave del calendario en las que, si bien no se define quién gobernará los próximos cuatro años, estos eventos sí permiten entender mejor cómo será la competencia partidaria en agosto y octubre (y, si hay balotaje, noviembre).
El mismo artículo determina la documentación que deben presentar: el acuerdo constitutivo de la alianza, incluido el acuerdo financiero; el reglamento electoral; la aprobación por los órganos de dirección de cada partido; el domicilio y la designación de apoderados; la constitución de la junta electoral de la alianza; y el acuerdo sobre la forma en que se distribuirán los aportes correspondientes al fondo partidario permanente.
El mismo plazo aplica para la constitución de confederaciones, que no son alianzas transitorias sino permanentes. La Dirección Nacional Electoral define que una alianza es “una agrupación política formada sobre la base de la unión de dos partidos o más con carácter transitorio a los fines de participar en una elección”. Una confederación, en cambio, es “la unión de 2 o más partidos sobre la base de un ‘acuerdo constitutivo’ con vocación de permanencia”.